Comité de Empresa Europeo (CoEE)

 

Sí quiere crear un CoEE este útil compuesto por tres documentos puede serle de gran ayuda..

Él os da pistas de reflexión e ideas para la buena constitución de un CoEE.
Os aconsejamos que los utilicéis en este orden :


A. El primer documento (a continuación) es un esquema que contiene las condiciones y procedimientos de creación de un CoEE
B. El segundo documento descompone en cinco etapas el camino de la creación y de la extensión de los comités de Empresa Europeos.
C. El tercer documento es un check-list que no sólo plantea las cuestiones sino que ofrece sugerencias de respuesta conducentes a un buena redacción de convenios.

 

A. Esquema de creación de un Comité de Empresa Europeo (CoEE)
 
Empresa/Grupo de empresas que cumplen los criterios: 1000 asalariados mínimos en los Estados miembros y 150 asalariados mínimos en almenos dos Estados miembros
Apertura de las negociaciones por iniciativa de la dirección central o a petición escrita de 100 asalariados como mínimo o sus representantes procedente al menos de dos fábricas o empresas de dos Estados diferentes como mínimo
Instauración de una comisión particular de negociación por la dirección central
Notificación de la composición de la comisión particular de negociación a la dirección central del grupo y a la dirección local de la empresa
Decisión de la comisión particular de negociación para celebrar entrevistas con el fin de crear un Comité de empresa Europeo (CoEE)
Si   No
Convocatoria por la dirección central, en los primeros seis meses que siguen la primera demanda, de la comisión particular de negociación. Se acaba el procedimiento. Las condiciones subsidiarias no encuentran aplicación. Una nueva demanda para la onvocatoria de la comisión particular de negociación no es posible hasta después un período de dos años (salvo si las dos partes acuerdan un plazo más corto).
No Si Si
Aplicación de las prescripciones subsidiarias "CoEE por ley" que
corresponde a la legislación del país donde se encuentra la sede de
la dirección central del grupo.

Decisión de la comisión particular de negociación de parar las conversaciones ya abiertas.

 

 
  No
 
Las negociaciones consiguen un acuerdo en un período de tres años.
No   Si
Decisión escrita de la comisión particular de negociación y dirección central para la creación a) de un CoEE, b) de un procedimiento de información e investigación
A
B
Acuerdo escrito sobre las empresas en cuestión, composición, atribuciones, métodos de trabajo, procedimiento y recursos financieros del CoEE así como duración del acuerdo y procedimiento aplicable para nuevas negociaciones. Acuerdo escrito sobre las empresas en cuestión, condiciones de intercambio de opinión, duración del acuerdo y procedimientos aplicables para nuevas negociaciones.
Comité de Empresa Europeo Procedimientos de información e investigación de los asalariados