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Existe un derecho a el trabajo a tiempo parcial para los trabajadores con antigüedad. Este derecho se limita sin embargo: cuando un 4% del personal trabaja a tiempo parcial o ha celebrado un contrato de este tipo, la empresa puede negar. La cuota puede ser superada por simple decisión de la empresa. Si durante un año, hay más candidatos que de plazas disponibles, la selección se hace según un procedimiento determinado. Los criterios elegidos son: la edad, los años de trabajo en la empresa y la función. Se retiene prioritariamente a los trabajadores discapacitados o que trabajan a turnos. El interés de la empresa debe tenerse en cuenta. Las sustituciones se hacen prioritariamente por los aprendices que fueron contratados después de su formación. Son contratados sobre una base de un contrato de trabajo (Contrato a Duración Determinada CDD o Contrato a Duración Indefinida CDI). La empresa afecta la cuota legal de los gastos debidos para el miembro del personal que parten a tiempo parcial, dentro del marco del convenio.
2.- La duración de trabajo y salario Por regla general, el tiempo parcial se organiza en 2 bloques distribuidos:
La duración debe ser de 2 años mínimo, y de 6 años como máximo. Si, en algunos casos precisos, la duración supera los 6 años, la contribución de la empresa se reduce para evitar que los gastos sobrepasan la dotación prevista por el período de tiempo máximo de 6 años. El salario regular con exclusión de las primas u horas extraordinarias se compone:
Si la relación de trabajo se termine antes de la edad de 65 años, el trabajador tiene una indemnización multiplicada por el número de meses que le restan por trabajar antes de la edad de la pensión. La indemnización ha sido fijada en:
Los firmantes consideran que el trabajo a tiempo parcial es una herramienta esencial para la reducción del personal, con el fin de aplicar la decisión del consejo de supervisión del 19.09.2002. Se convino que los trabajadores terminan su contrato a tiempo parcial y van a la jubilación a la edad de 60 años. Las indemnizaciones suplen las pérdidas de asignaciones.
El acuerdo se aplica a todos los miembros del personal que cumplen las condiciones y que lo alcanzan los 60 años antes del 31/12/2008.
Los trabajadores que terminan su relación laboral al final del mes, o alcanzan 60 años, y que no tienen derecho a una pensión anticipada reciben una indemnización por un importe de 22.500,00 euros. Los trabajadores que, vista su edad actual, no pueden jubilarse antes de los 60 años, tienen derecho a una indemnización proporcionalmente reducida. Los trabajadores tienen igualmente la posibilidad de recibir su indemnización en forma de mensualidad de 185,00 euros hasta la edad de 74 años.
En el sistema de tiempo parcial, el patrono establece un sistema de seguro de insolvencia que responde a las obligaciones legales.
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