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Grandes superficies y supermercados El conjunto del territorio español De 2001 a 2005 1. Contratos formativos :
2. Contrato de trabajo a tiempo parcial 3. Contrato de relevo 4. Contrato de duración determinada:
5. Contrato de substitución
El Convenio establece una reducción global de 20 horas (en relación al año 2000) durante todo el periodo de vigencia del Convenio a razón de 5 horas/año. Para llegar en 2002 a 1 770 horas.
Regulación de los domingos y días festivos: Los centros consagrados a la actividad comercial desarrollarán la jornada de trabajo ordinario de lunes a domingo inclusive. Cada trabajador no trabajará más un 80% de domingos autorizados cada año y al menos siete al año. La fracción se redondea al alza : Los diez primeros domingos se perciben con un complemento de salario por un importe de 12,52 euros mensuales por 12 mensualidades.
El salario
base/hora incluye pagas extraordinarias y vacaciones Revaluación anual del salario:
IX. Complementos, primas especificas
1. Complementos salariales :
2. Prima personal de antigüedad
El incremento se aplica a todos los grupos profesionales
3. De puesto de trabajo
4. Por calidad o cantidad
1.- Iniciación profesional: Afecta a los puestos a escasas calificaciones.
2.- Profesional personal : Son los puestos a calificaciones y a responsabilidades. Promoción: Por el ejercicio de la práctica Tiempo: 2 años
en el grupo iniciación si + de 900 horas/año
3.- Coordinadores: Promoción :
Tiempo : EN VENTA
EN OTROS
4.- Tecnicos : Tiempo :
5.- Mandos : Tiempo :
Los empleados podrán disfrutar de una licencia de hasta 15 días al año, por periodos no inferiores a dos días, sin que el disfrute de esta licencia pueda coincidir con :
La empresa concederá este tipo de licencia siempre que haya causa justificada y lo permita la organización del trabajo. Tanto la petición del trabajador como la denegación de la empresa deben hacerse por escrito y aduciendo la justificación oportuna.
Licencias retribuidas:
XII. Impedimento para enfermedad
Cuando, por razones de enfermedad, precisa la necesidad asistir en un gabinete médico durante las horas del trabajo, los trabajadores percibirán un complemento sobre la prestación de la Seguridad Social hasta alcanzar un 100% del salario base.
La empresa, a falta de otra más interesante, contratará un seguro de vida y de Incapacidad Permanente Absoluta y gran Invalidez para todos, por un importe de 21 035,42 euros.
31 días naturales al año :
Ver complementos de salario XVI. Preaviso y ruptura de contrato Preaviso de 15 días por carta certificada con acuse de recibo para los contratos de al menos 1 año, tanto para el empresario como el trabajador. A falta de respetar estos plazos, 1 día de incumplimiento vale 1 día de salario. 65 años y 30 años de trabajo XVIII. Jubilaciones anticipadas
Jubilaciones anticipadas para los trabajadores con cotizaciones anteriores al 01/01/1967 Con relación al convenio colectivo anterior, este derecho se recortó ampliamente en la medida en que la jubilación voluntaria se limita a los trabajadores con cotizaciones anteriores al 01/01/1967. Es necesario tener al menos 61 años, tener más de 30 años cotizados (antes 15 años). Y sobre todo, no es más un derecho: el trabajador puede acceder, solamente si está en situación de desempleo al menos 6 meses y por causas que no le son imputables. Jubilación especial a los 64 años al amparo del RD 1194/85 : Los trabajadores que puedan acceder al 100% de la pensión de jubilación, podrán jubilarse a los 64 años, siendo sustituidos por otro trabajador
Jubilación parcial : Los trabajadores, al cumplir los 60 años, podrán reducir su jornada de trabajo y salario (que puede ser superior al 50%) y compatibilizar dicha situación con la pensión que la Seguridad Social les reconozca hasta cumplir los 64 años. En este caso la empresa está obligada a contratar un desempleado, mediante el sistema de relevo
De acuerdo con el artículo 12 del Acuerdo Nacional de Formación Continua, los trabajadores con un año de antigüedad en la empresa pueden solicitar la autorización beneficiar de permiso individual de formación, a condición:
El Convenio suprime las horas suplementarias habituales y las compensa con horas de descanso (anualización del tiempo de trabajo). Sólo las horas extraordinarias son posibles en caso de reparación de accidentes y otros daños extraordinarios y urgentes, así como en caso de riesgo de pérdida de materias primas. El descanso de mediodía se hace entre las 14 y 16, salvo acuerdo entre las partes. El descanso semanal podrá ser compensado al día descanso en la semana, con rotaciones a lo largo de la semana y la compensación salarial no será posible. Los excesos en el tiempo de prestación efectiva del trabajo sobre la jornada prevista, serán compensados por descanso. Cada hora, que supera el tiempo de trabajo diario, debe recuperarse de común acuerdo entre la dirección de la empresa y el trabajador interesado, en los tres meses siguientes.
1.- Representación en el sector
1.- Representación en la empresa
El número
máximo de personas que componen al Comité intercentros será
de trece: se designará a sus miembros entre los distintos Comités
de Centro o los delegados de personal.
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