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Los elementos recogidos no representan todo el convenio colectivo; sólo se recogen los más significativos.
Carrefour, Carrefour Hipermercados Francia, Sogara Francia, Sogramo Francia, GML Francia, CARCOOP Francia, Francia SODISOR, Carrefour mercancías internacionales, Carrefour Dirección, Carrefour Europa, Carrefour Formación, SNE, SNEC, SEC.
II. Panel de salarios de referencia (al 1 de octubre de 2003)
Se contrata a los asalariados a tiempo parcial sobre la base de un horario mínimo de 27 horas de trabajo efectivo (o sea 28 horas 35 centésimos remuneración global con pausa incluida). Se excluyen de este régimen, los asalariados que no dependiendo del régimen general de la seguridad social, se benefician de un contrato en alternancia que depende de un régimen de jubilación anticipada progresiva.
IV. Prioridad de empleo de nuevo
En caso de despido colectivo, la dirección buscará con el Comité de Empresa soluciones de reclasificación satisfactorias del personal dentro de la sociedad o exteriormente haciendo beneficiar al asalariado de las ventajas que tenía antes. En caso de reanudación de la actividad, el personal despedido tendrá durante 1 año a petición suya, prioridad de recontratación en su empleo y seguirá beneficiándose de las ventajas adquiridas, según su antigüedad.
Se considera todo trabajo entre 21 horas y 6 horas como trabajo nocturno. Éste es justificado por la necesidad de garantizar la continuidad de la actividad económica y comercial de los establecimientos. Contrapartida en el trabajo de noche: Además del aumento salarial para trabajo de noche, el asalariado se beneficiará de una contrapartida en forma de descanso compensatorio:
realizado durante el período de cálculo anual.
Primas de vacaciones Los trabajadores titulares de un contrato de trabajo de al menos tres meses consecutivos durante el primer semestre del año en cuestión se benefician de una prima de vacaciones calculada sobre una media mensualidad de su último salario mensual de base. Prima de fin de año Los trabajadores titulares de un contrato de trabajo en de los tres mes consecutivos al curso del segundo semestre del año en cuestión se benefician de una prima de fin de año calculada sobre una mensualidad de su último salario mensual de base. Se paga con el sueldo de diciembre.
VII. Permisos pagados y días de descanso complementarios
El permiso anual se adquiere a razón de 3,5 días laborables al mes de trabajo efectivo o período asimilado durante el año de referencia. Período de permisos: tres semanas consecutivas para los que lo piden entre el 15 de junio y el 15 de septiembre. Permisos pagados de antigüedad: El número de días de permisos suplementarios de antigüedad previsto en el convenio colectivo de rama se modifica del siguiente modo para los asalariados que dependen del 1.colegio:
VIII. Complemento de salario en caso de enfermedad o accidente
Después de 6 meses de presencia continua en la empresa, el asalariado ausente por enfermedad o accidente tiene una garantía de ingresos en las siguientes condiciones:
El plazo de carencia no juega:
IX. Períodos de indemnización de las bajas por enfermedad
Para los empleados que tienen una antigüedad de al menos igual a tres meses, al primer día de la duración anual de cálculo, 6 días laborables de descansos suplementarios pagados a titulo de reducción del tiempo de trabajo. Estos días se tomarán en forma de una sexta semana de vacaciones.
Las semanas de fuerte y escasa actividad deben compensarse aritméticamente en el marco del período anual de cálculo. En caso de distribución en 6 días/semana, el acuerdo del trabajador es necesario y se beneficia de dos medios días además del descanso dominical. La duración de descanso entre dos días consecutivos de trabajo no será inferior a 12 horas excepto por necesidad de servicio, inventario. Puede ser excepcionalmente de 10 horas. Final del día de trabajo: El sábado el final del día de trabajo es a las 20 horas pero un acuerdo de establecimiento puede prever la apertura más allá de las 20.
XII. Modalidades de recurso el trabajo vía ETT
Se pueden recurrir le al trabajo temporal en los casos previstos por la ley y además de las modalidades de funcionamiento definidas en el marco de la gradación.
Ausencias autorizadas para circunstancias de familia
Los asalariados que trabajan un día de fiesta pueden a su elección:
Ausencias por enfermedad o accidente Si el trabajador justifica al menos seis meses de pertenencia a la empresa al primer día de baja trabajo, la garantía de empleo en la empresa se lleva a:
Todo trabajador que beneficia de una incapacidad permanente parcial reconocida por la Seguridad Social, que le incapacita físicamente para su empleo anterior, beneficia a petición suya de una reclasificación en el establecimiento en las condiciones previstas por la ley. Ausencias parentales El trabajador con dos niños menores de 18 años o un niño reconocido discapacitado o afectado por una enfermedad grave y de larga duración puede ausentarse sin pérdida de salario por el primer día de enfermedad o el período de tiempo de la hospitalización o convalecencia y cuidar de sus hijos dentro del límite de 6 días por año civil. El límite se eleva a 9 días para tres hijos. Para el cónyuge o concubino/a el asalariado tiene derecho a un día por año civil sin pérdida de salario en caso de hospitalización.
XIV. Protección de la maternidad /educación de los niños
Adaptación del tiempo de trabajo: Toda trabajadora cuyo estado de embarazo se justifica por certificado médico:
Todo trabajador con un niño de menos de un año y cuyo guarda garantiza podrá beneficiarse de una adaptación de su horario semanal que excluirá el trabajo diario más allá de las 20 horas.
XV. Ejercicio del derecho sindical
Con el fin de facilitar la información sindical, todo trabajador de la empresa se beneficia del pago de una hora al mes civil. Que no pueden ser durante el tiempo de trabajo. El ejercicio de un mandato sindical o de representación del personal no puede en ningún caso constituir un obstáculo al desarrollo de las carreras de los trabajadores afectados. Creación de un delegado sindical de grupo: Cada organización sindical representativa del nivel del grupo de sociedades puede designar a un delegado sindical del Grupo. Los delegados sindicales de grupo Hipermercados se benefician de un crédito específico de horas de delegación mensual de 30 horas. Financiación de las actividades sociales y culturales del Comité de empresa Cada establecimiento incluido en el convenio colectivo Carrefour financia las actividades sociales y culturales de su Comité de Empresa por el pago del 1% de la masa salarial a contar desde la constitución de este último.
Constituye una inversión tanto para la empresa como para el trabajador que se beneficia.
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