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A 01/04/2003: Un 2% de aumento de sueldos brutos (1,5% índice de junio y 0,5% de aumento por convenio). A 01.06.03: Un 0,5% de aumento de sueldos brutos. Si durante el convenio sectorial 2003-2004, hay un tercer índice, la dirección se compromete a pagar éste hasta un total de un 1% en vez de un 0,5% previsto en el convenio del sector. Cheque comida: Montante 5 € (esto es un aumento de 0,53 €). Prima de antigüedad aumentada:
La dirección confirma su compromiso de debe guardar el personal obrero con contrato de duración indeterminada en 68 personas en el centro de Mettet por el período de tiempo de este convenio.
Un día de permiso de más a partir de 2003.
Mantenimiento de los 2 días de carencia pagados y de la prima de presencia mensual.
VII. Comida máquina onduladora
Se asignará una prima de 1 € al día trabajado al personal que trabajará en la onduladora con el fin de que compense la molestia causada por la obligación de permanecer cerca de la máquina durante la comida.
Se instalará un distribuidor de bebidas calientes. Los consumos serán a precio de coste: +/- 0,12 €
IX. Prendas de vestir de trabajo
Las prendas de vestir de trabajo se componen:
El porte de las prendas de vestir de trabajo es obligatorio. Se suprime la chaqueta en adelante. La dirección velará por sustituir regularmente a las prendas de vestir gastadas.
La dirección confirma su decisión de mantener el turno de noche fijo. El número de personas de este turno se adapta a los imperativos de la cartera de pedidos. La dirección tiene una lista de espera de las personas que quieren trabajar la noche.
Montante: 123,95 €.
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